Por: William Hernández
Ante la suspensión de su personalidad jurídica por el Registro de Ciudadanos del TSE, el Movimiento Semilla emprende acciones legales. El partido presentó un recurso de nulidad este 29 de agosto para anular la decisión de suspensión provisional.
Semilla, un partido político que recientemente ganó las elecciones presidenciales, ha tomado medidas legales para impugnar la suspensión provisional de su personalidad jurídica, la cual fue dictada por el Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral (TSE). El partido presentó un recurso de nulidad el 29 de agosto, con el objetivo de revocar la resolución emitida por el director del Registro de Ciudadanos que ordenó la suspensión provisional de su reconocimiento legal.
Andrea Reyes, una de las abogadas y fiscales del Movimiento Semilla, explicó que el recurso de nulidad fue presentado en respuesta a varios motivos fundamentales. En primer lugar, sostienen que la resolución del juez Séptimo de Primera Instancia Penal, que apoyó la cancelación del partido debido a un caso de posible afiliación ilegal, no constituye una causal de suspensión de acuerdo con la Ley Electoral y de Partidos Políticos. Además, argumentan que esta resolución no resulta en una situación que justifique la suspensión definitiva del partido. También señalan que, dado que el proceso electoral aún está en curso, el Registro de Ciudadanos se encuentra fuera de plazo para proceder con la cancelación del partido.
Una de las críticas centrales de Semilla es que la resolución del Registro de Ciudadanos ha saltado varios procedimientos administrativos que normalmente serían necesarios para suspender un partido político. Reyes afirmó que el partido no tuvo la oportunidad adecuada de presentar su defensa y explicar la situación que llevó a la resolución del juez séptimo. Además, añadió que la resolución del juez séptimo aún no es firme, ya que está siendo impugnada a través de un amparo presentado ante la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones.
Juan Gerardo Guerrero, fiscal nacional del Movimiento Semilla, subrayó que el recurso de nulidad se basa en la decisión de suspensión de la personalidad jurídica del partido, que fue notificada el 28 de agosto. Guerrero cuestionó la legalidad de esta suspensión, ya que el TSE aún no había resuelto oficialmente la adjudicación de los cargos de la presidencia y vicepresidencia a los candidatos de Semilla, Bernardo Arévalo y Karin Herrera. Mencionó que el amparo otorgado por la Corte Suprema de Justicia protege la personalidad jurídica del partido hasta la finalización del proceso electoral en octubre de 2023, asegurando así la validez del sufragio universal y secreto.
El proceso legal establecido por la Ley Electoral y de Partidos Políticos prevé un período de tres días para presentar el recurso de nulidad en contra de una resolución como la emitida por el Registro de Ciudadanos. En este caso, el Movimiento Semilla actuó rápidamente y presentó el recurso el mismo día en que fueron notificados. Según Guerrero, una vez presentado el recurso, el director del Registro de Ciudadanos deberá inhibirse de conocerlo y elevarlo al pleno de magistrados del TSE. Una vez que el recurso esté en manos de los magistrados, tendrán tres días para tomar una decisión al respecto.
La suspensión provisional de la personalidad jurídica de Movimiento Semilla se basa en una orden del juez Séptimo Penal, quien argumentó que hubo irregularidades en el proceso de inscripción de afiliados del partido. Esta decisión ha generado incertidumbre sobre la validez de las elecciones presidenciales, ya que Semilla ganó las votaciones y proclamó a Bernardo Arévalo y Karin Herrera como presidente y vicepresidenta electos. Sin embargo, el Movimiento Semilla está tomando medidas legales para revertir esta suspensión y garantizar que su personalidad jurídica se mantenga intacta hasta la conclusión del proceso electoral.
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